Roberto Mendoza propone “Divorcio sin causales”
El “Divorcio sin causales” no atenta contra la sociedad ni la familia; por el contrario, la protege y fortalece al tratar de evitar conflictos, este es uno de los argumentos de diputado local. |
Notiecos/Redacción
El diputado local por el distrito 19, Roberto
Mendoza Cárdenas, presentó una iniciativa pretende suprimir las causales del
divorcio establecidas como condición de procedencia para el juicio de divorcio
en la legislación jalisciense. La reforma sustituye la necesidad de acreditar
por lo menos una de las causales establecidas en la ley por una simple solicitud que podrá hacerse
por uno o ambos cónyuges que manifiesten su voluntad de disolver el matrimonio.
Bajo el razonamiento de que sólo los cónyuges
pueden decidir la que consideran una causa bastante insuficiente para divorciarse,
en una esfera de directa afectación, puesto que sólo ellos conocen el ambiente
en el que se desenvuelve su matrimonio, y una autoridad carece del conocimiento
para decidir si es una causa bastante, al no estar involucrado en la vida
cotidiana del matrimonio.
En ése orden de ideas, sólo los cónyuges
tienen la facultad de señalar las causas que sean lo suficientemente graves
para terminar el matrimonio y no así el Estado, y con ello se pretende lograr
la tramitación del mismo, evitando al máximo, el desgaste y daño que usualmente
conlleva el divorcio, por el tiempo de su tramitación.
“No pasa inadvertido para el que propone, el
hecho de que el titular de la garantía de audiencia es todo ciudadano
gobernado, mas ésta garantía consiste en la máxima oportunidad defensiva que
tiene todo gobernado, antes de ser privado de sus bienes o sus derechos por
actos de autoridad, y no en la facultad de mantener unido en matrimonio a otro
aún en ausencia de su voluntad”, dijo el diputado Mendoza Cárdenas.
Además, respecto al alcance de la garantía de
audiencia, nuestro Máximo Tribunal sostiene que existe la obligación por parte
de las autoridades responsables de dar oportunidad al agraviado o quejoso de
exponer todo lo que considere conveniente para la defensa de sus intereses,
agregó.
En este supuesto el gobernado podrá oponerse a
dar alimentos, a la forma en la que se dividan los bienes o se determine la
custodia de quién esté sujeto a su patria potestad pero el divorcio, deberá
proceder.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
determinó que la reforma aquí expuesta no contraviene a la Constitución al
confirmar la sentencia de divorcio y la negación del amparo emitida por un
Tribunal Colegiado bajo el siguiente argumento:
“El “Divorcio sin causales” no atenta contra
la sociedad ni la familia; por el contrario, la protege y fortalece al tratar
de evitar conflictos en la disolución del vínculo matrimonial, así como
enfrentamientos entre personas y familias que alientes entre ellos la
posibilidad de odio, violencia, egoísmo y acciones maliciosas”.
Los ministros expusieron que a través del
“divorcio sin causales”, el legislador local busca evitar la parte contenciosa
del juicio de divorcio, y de esta manera, posibles afectaciones en el
desarrollo psicosocial de los integrantes de la familia al mismo tiempo que
contribuir al bienestar de las personas y su convivencia constructiva.
Y es que si bien la causal, aunque
determinante, no es más que el fin de esa voluntad expresada en la demanda,
resultando inadmisible que el Estado se empeñe en mantener vigente el
matrimonio de quien solicita el divorcio al considerar que su situación
particular se torna irreconciliable.
Es por todo lo anterior, que el procedimiento
propuesto establecerá que uno o ambos cónyuges deberán presentar su solicitud
por escrito, acompañada de la propuesta de convenio para regular las
consecuencias de la disolución del matrimonio, principalmente alimentos,
división de bienes y custodia de menores.
“Una vez radicado el ocurso y debidamente
notificado, el cónyuge demandado, podrá hacer valer su garantía de audiencia y
oponerse a la proposición del actor respecto de los conceptos antes
mencionados, pero no habrá forma de evitar la disolución; cualquier conflicto
entre las partes se limitará a los términos del convenio antes mencionado”,
dijo el diputado.
Con información del poder legislativo
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